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Ciudadanos pueden acceder a pensión por tiempo cotizado en España y Colombia

La Corte Suprema de Justicia estudió la acción legal de una mujer que alegó que se le reconociera la pensión de vejez. El alto tribunal tuvo en cuenta el convenio internacional entre el gobierno de Colombia con el Reino Unido que se celebró en enero de 2008.

La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó que los tiempos trabajados y cotizados en España y Colombia pueden sumarse para alcanzar la pensión de vejez. Además, reiteró cuáles son las reglas para liquidar la mesada, según el tiempo laborado en cada país. La decisión obedece a una acción legal que interpuso una mujer que alegó que se le reconociera la pensión. El alto tribunal basó su análisis en el convenio internacional entre el gobierno de Colombia con el Reino Unido que se llevó a cabo en enero de 2008.

El caso de Carmen Amparo llegó a la Corte luego de el Tribunal Superior de Cali revocó un fallo en el que no le daban la razón a la mujer para acceder a la pensión de vejez que alegó una vez cumplió la fecha para adquirir dichos dividendos. No obstante, el proceso era particular debido a que se comprobó que existía una deuda en cuanto a la vigencia de distintas relaciones laborales con dos empleadores, en junio de 1996 y enero de 1997, que le dejaba un total de 42.13 semanas en el limbo.

Con este déficit, la mujer buscó que las semanas cotizadas en España, mientras residió en el país europeo, le fueran tenidas en cuenta en territorio colombiano. No obstante, se encontró con una negativa de un juzgado de primera instancia que aseguró que, si bien entre Colombia y España llegó a un total de 1.143 semanas cotizadas, no conservó los beneficios del régimen de transición establecidos para 2005, debido a que solo contaba con 727 semanas cotizadas. Con lo anterior, el análisis del alto tribunal estaba basado en si cumplió o no con el régimen dispuesto.

Fuente: El Espectador

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