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Adiós a periquitos y hámsters en casa: estas mascotas prohibirá la Ley de Bienestar Animal

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La nueva Ley de Bienestar Animal tendrá como objetivo restringir las especies invasoras.

Periquitos, hámsters, tortugas, conejos… Estos animales tan habituales en muchos hogares españoles podrían tener los días contados. Y es que la nueva Ley de Bienestar Animal que se está tramitando en el Ministerio de Derechos Sociales ampliará la lista que actualmente prohibe tener en casa especies exóticas invasoras, como el caso de mapaches, cotorras argentinas, agapornis, cerdos vietnamitas, tortuga peninsular o erizos, entre otros animales, y restringirá las especies permitidas actualmente.

En este sentido, el futuro texto incluirá diversos requisitos para que un animal sea considerado como doméstico, debiendo incluirse en un listado de especies permitidas que se aprobará una vez haya luz verde para la Ley.

Entre estos requisitos, deberá ser un animal fácil de atender en lo que se refiere a sus necesidades ecológicas, fisiológicas y etológicas; deberá estar acreditado científicamente que puede vivir en cautividad; que no suponga un riesgo para las personas por su agresividad, veneno o tamaño, y que no haya riesgo de que, en caso de escapar, pueda convertirse en una especie invasora, colonizando hábitats y causando daños ambientales.

¿Qué animales estarán prohibidos en casa?

Hay que tener en cuenta que la Ley en trámite no establece aún un listado de animales permitidos, que deberá ser aprobado por el Gobierno en el plazo máximo de 48 meses desde la entrada en vigor de la norma, pero atendiendo a estos criterios, la Ley de Bienestar Animal estudia prohibir en casa los siguientes animales:

  • Ratones
  • Hámsters
  • Cobayas
  • Chinchillas
  • Conejos
  • Tortugas
  • Periquitos
  • Cotorras
  • Agapornis
  • Serpientes
  • Arañas
  • Iguanas
  • Camaleones
  • Geckos
  • Aves originarias de otros países

El incumplimiento de la Ley tendrá como consecuencia condenas como penas de cárcel de entre 18 y 24 meses si el animal muere; penas de cárcel de hasta 36 meses si se da más de un agravante; inhabilitación de entre cinco y diez años para vivir o trabajar con animales. 

Con respecto a las infracciones más leves, habrá sanciones de entre 500 y 10.000 euros; las graves de 10.001 a 50.000 euros y las muy graves partirán de 50.001 hasta 200.000 euros.

Fuente (Valencia Extra)

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