El derecho a paro se podrá solicitar a partir del próximo uno de octubre | Las expertas recomiendan recoger pruebas que demuestren la laboralidad aunque la trabajadora no tenga papeles, ya que sí que puede denunciar.
Aunque el trabajo de las empleadas domésticas todavía esté poco considerado hay una serie de derechos que cualquier trabajadora puede reclamar. Algunos desde la reforma legal del pasado uno de octubre, con la ratificación del Convenio 189 de la OIT.
Desde entonces las trabajadoras domésticas tienen derecho a paro y a otros subsidios asistenciales, pero no podrán cobrarlas hasta que haya pasado un año de cotización, el 1 de octubre de 2023. El derecho no es retroactivo, es decir, las empleadas domésticas solo habrán cotizado un año en cualquier caso, aunque lleven más tiempo trabajando.
Inés Grijuela, coordinadora del área de Mujer del Servicio Jesuita a Migrantes y María Morell, abogada extranjerista de la misma entidad destacan los siguientes derechos y armas que tienen a su alcance las trabajadoras domésticas para hacer valer su trabajo en condiciones dignas.
Cómo deben ser las cosas
Primero, el contrato. Debe ser por escrito y delimitando las partes esenciales del mismo. Si no es por escrito «se presumirá de carácter indefinido y a jornada completa», explica Grijuela. Esto es algo que ya sucede en cualquier empleo. Es importante también «que la trabajadora reciba información escrita sobre todos los elementos esenciales y las principales condiciones: salario, salario en especie, duración y distribución de la jornada, tiempo de presencia y pernoctas», añade.
¿Y si no tengo papeles? Grijuela y Morell remarcan que igualmente, deben pedir las condiciones de la relación laboral por escrito, aunque no sea un contrato. «Es muy importante que quede claro y que sea así para tener pruebas de la laboralidad», explican.
El salario debe estar fijado, por ley, al Salario Mínimo Interprofesional. Las expertas recomiendan que las cantidades mayores de mil euros se abonen siempre por transferencia bancaria y las menores también en la medida de lo posible. El salario en especie como alojamiento y comida (habitual en el caso de las internas) puede descontar como máximo un 30 %, pero siempre respetando el Salario Mínimo.
La jornada laboral no puede superar las 40 horas semanales, salvo en el caso de las trabajadoras internas. Estas pueden emplearse 20 horas semanales más de media, pero de presencialidad (las horas de noche, o las que debe estar disponible en cualquier momento aunque no realice trabajo efectivo, por ejemplo).
El régimen de horas extra es, de un máximo de 80 horas semanales y con compensación de dinero y descanso, como las horas de presencialidad. Según el convenio de empleadas domésticas, la hora se debe compensar a 8,45 euros brutos.
Las trabajadoras del hogar tienen derecho a dos horas de descanso diarias, y entre jornadas deben estar separadas por al menos diez horas, a compensar ese mismo mes.
Qué hago si no son así: cómo reclamar
El anterior apartado es la legislación actual, un modelo de cómo debe ser la relación laboral en base a la ley. Si la ley no se cumple las trabajadoras pueden reclamar y reivindicar sus derechos por tres cauces principales: denuncia a la Inspección de Trabajo, impugnación del despido en 20 días o la reclamación de horas de permanencia.
Primero, la Inspección de Trabajo. A través del buzón de fraude se pueden presentar denuncias de manera anónima; «ni siquiera es necesario que sea la empleada doméstica», explica Grijuela. El inspector puede personarse en la vivienda o iniciar un procedimiento de sanción si la persona se niega.
El inspector de trabajo no te puede deportar. Las expertas destacan que la Inspección de Trabajo no tiene ninguna competencia en extranjería, por lo cual no puede iniciar ningún proceso en el caso de que la trabajadora que denuncie sea una migrante sin papeles.
En caso de despido es importante recordar que hay 20 días hábiles para impugnarlo y hacer cualquier reclamación de cantidad. Es muy importante, volviendo a lo anterior, que en el contrato figure una cláusula de pernoctación si la trabajadora debe quedarse a dormir para poder reclamar estas cantidades en caso de horas impagadas.
Herramientas para luchar: servirse del barrio o grabar conversaciones
Grijuela y Morell explican que las empleadas domésticas, incluso las que tienen situación irregular en España, tienen varias formas de asegurarse pruebas para poder demostrar que son trabajadoras y reclamar las cantidades impagadas.
La primera, servirse del barrio. Es importante hablar con las vecinas y presentarte en el colegio (si cuidan a los niños) o en las farmacias (si cuidan de mayores) como «soy la empleada doméstica de tal persona o tal familia». Esto, según las expertas, puede servir para tener testigos en caso de conflicto legal.
Otra foma, en el ambulatorio figurar siempre como «acompañante» de la persona a la que se está cuidando. Por escrito también sirve enviar un wattsap cada vez que se entra y sale del domicilio para trabajar. También es posible intentar «demostrar en conversaciones o correos que no has podido disfrutar de tus vacaciones o tus horas de descanso», explica Grijuela.
Se pueden grabar conversaciones, pero con matices. Debe considerarse una «conversación casual», en la cual no se incite al empleador con preguntas para que hable de la relación laboral; «por ejemplo, se puede usar cuando hay gritos o malos tratos», explican.
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