El precio de los dormitorios se dispara en España y supone casi tanto como lo que valía arrendar una casa entera hace tan solo unos años.
Con 600 euros se podía alquilar una vivienda completa hace unos pocos años. Hoy, es lo que piden por una habitación en muchas ciudades españolas. Poder pagar el alquiler íntegro de una casa se ha convertido en un lujo. El aumento feroz de los precios, exacerbado ahora por el alza de la inflación, está expulsando a una parte importante de la población, que se ve forzada a compartir piso entre tres o cuatro desconocidos. El resultado es que la demanda de habitaciones se ha disparado un 40% en los últimos meses, según la plataforma de alquileres online Spotahome. Y los precios se han colocado en niveles récord. El coste por un dormitorio ha aumentado un 20,8% en el último año y un 66,2% desde 2015, según el último estudio de Fotocasa. Alquilar una habitación en España cuesta de media 440 euros al mes. “Los precios han subido con fuerza; en 2015, por arrendar un piso completo se pedían 560 euros al mes y por una habitación unos 265 euros”, resume María Matos, directora de Estudios del portal.
En todas las comunidades autónomas se ha incrementado el precio de las viviendas compartidas por encima del 10% en los últimos siete años. La situación es mucho peor en las grandes ciudades y sus áreas metropolitanas. En Barcelona, por ejemplo, se exigen 575 euros de media al mes y en Madrid 527 euros. Si ponemos la lupa sobre anuncios concretos publicados en portales inmobiliarios, vemos que se piden hasta 2.800 euros por habitación en la Ciudad Condal y 2.000 euros en la capital madrileña.
Semejante encarecimiento ha hecho que el esfuerzo financiero medio (la parte del salario que el ciudadano destina al pago de la casa) se coloque en el 40%. Y crece al 50% o más en capitales de provincia con precios muy tensionados, como Madrid, Barcelona o Mallorca. “Estamos frente al mayor encarecimiento del precio de las habitaciones desde que tenemos registros. Más de 75 euros en tan solo un año. La razón es que en 2022 el precio del alquiler ha alcanzado máximos históricos”, explica Matos. Su previsión es que las subidas prosigan este año.
El espectro de personas que acaba en estos alquileres es muy amplio, aunque el grueso son jóvenes que estudian o trabajan, desempleados, divorciados, separados, familias monomarentales… ¿Qué hay tras el bum de pisos compartidos? ¿Es una opción buscada o impuesta? En la asociación sin ánimo de lucro Provivienda lo tienen claro: “Las dificultades para acceder a una casa en alquiler están muy marcadas por el aumento de precios, pero también por la petición de garantías adicionales que, en ocasiones, supone una carrera de obstáculos, o por discriminación en el acceso a la vivienda”, dice Andrea Jarabo, responsable del Área de Comunicación e Incidencia de la entidad. Hay que recordar que el miedo a los impagos ha puesto de moda los castings de los caseros en busca del inquilino perfecto. Y que para poder arrendar un piso completo son necesarios más de 3.000 euros de golpe y al principio (dos meses de fianza, el mes en curso más el mes de la agencia inmobiliaria para un piso de 800 euros).
En el Consejo de la Juventud de España (CJE) creen que el impulso del piso compartido se debe a la situación socioeconómica de la juventud que, dicen, lleva siendo un problema sin una respuesta efectiva desde 2008 y que agrava la emancipación. “Para las personas jóvenes de entre 16 y 29 años que pueden independizarse, alquilar una casa entera supondría el 85,1% del salario medio, algo completamente inasumible. Esto contrasta con el 30% recomendado por el Banco de España para evitar el sobreendeudamiento”, sostiene Juan Antonio Báez, vicepresidente del CJE.
María Matos, de Fotocasa, recuerda que para el 43% de los jóvenes alquilar es tirar el dinero. “La mayoría de los ciudadanos que comparten piso son jóvenes de entre 18 y 35 años. A medida que cumplen años, el deseo de compartir para socializar se convierte en una obligación para repartir gastos, ya que el incremento del precio del alquiler no les permite independizarse”.
Sin embargo, las plataformas digitales especializadas en el alquiler de habitaciones ponen de relieve las virtudes de esta alternativa habitacional que, creen, ha venido para quedarse. “En nuestro mercado hay muchos estudiantes universitarios y jóvenes profesionales que prefieren vivir con otra gente, es una tendencia clarísima por parte de los jóvenes”, comenta Eduardo Garbayo, vicepresidente y jefe de Negocios y Operaciones de Spotahome. Muchos de ellos quieren residir en el centro de las ciudades y no en la periferia y eso les obliga irremediablemente a compartir piso. “Las habitaciones más demandadas son en pisos amueblados de tres a cuatro dormitorios, con áreas comunes grandes y en el centro de la ciudad”, añade Garbayo. En el caso de esta plataforma, que hace 30.000 alquileres digitales en España, el 50% de ellos de habitaciones, la mitad de la demanda procede de estudiantes universitarios y alumnos de MBA y el resto de jóvenes profesionales de 26 a 35 años.
De cara al propietario, la principal ventaja de alquilar a varias personas en lugar de a una sola es el rédito económico. “Nuestra fórmula le da un 15% más de rentabilidad que el alquiler completo del piso, pero sobre todo por la máxima ocupación que conseguimos de las habitaciones durante todo el año”, cuenta Garbayo.
Sin amparo de la LAU
Desde el punto de vista legal, el alquiler de habitaciones no funciona como el de los pisos completos, al no regirse por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), sino por el Código Civil. “Los caseros han visto la oportunidad de alquilar habitaciones a través del contrato de arrendamiento de habitación, cuyo anclaje legal se encuentra en el Código Civil, una norma de 1889 que basa su legitimidad en la libre voluntad de las partes”, denuncia Víctor Manuel Palomo, abogado del Sindicato de Inquilinas e Inquilinos de Madrid. Y prosigue: “El arrendatario no dispone de una libre voluntad, sino que se mueve por la desesperación para encontrar cualquier sitio donde le arrienden”. Desde este sindicato indican que este tipo de contratos están pensados para personas que necesitan puntualmente una habitación con fecha de caducidad, es decir, trabajadores o estudiantes que se trasladan unos pocos meses a otra ciudad. “Vemos que la mayoría de estos contratos son usados para evitar vincular el contrato de arrendamiento a la LAU”, cuenta Palomo.
Sin embargo, en la plataforma Spotahome señalan. “Si bien es cierto que existen en ocasiones discrepancias entre los tribunales sobre la ley aplicable a los arrendamientos de habitaciones, la postura mayoritaria es que los mismos se rigen por lo pactado entre las partes, y en su defecto, por el Código Civil, al considerarse dichos arrendamientos excluidos del ámbito de aplicación de la LAU. Todo ello independientemente de la duración del contrato”.
Lo cierto es que por el tipo de contrato, estos inquilinos no tienen derecho al tope del 2% en la actualización de las rentas, ni a la duración mínima legal del contrato o a que el casero realice y pague las obras de conservación necesarias para la habitabilidad de la vivienda. Provivienda ha propuesto que en la próxima ley estatal de vivienda se incluya el alquiler de habitaciones en la LAU, es decir, que sea considerado como vivienda habitual y mitigar así algunos de los efectos no deseados. De lo contrario, opina Palomo, “se va a convertir en un coladero porque muchos contratos forman parte de la economía sumergida y es un incentivo a alquilar habitaciones”.
Fuente (Diario El País)